Solicitar información

Solicitud de Información Pública

Artículo 75

Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno, por sí misma o a través de su representante, podrá presentar solicitud de acceso a la información pública en poder de los sujetos obligados, ante la unidad de transparencia, a través de la plataforma nacional, en la oficina u oficinas designadas para ello, vía correo electrónico, correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente o cualquier medio aprobado por el sistema nacional.

Artículo 124° Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.

¿Cómo puedo solicitar información?

Para presentar una solicitud de información cuentas con las siguientes formas:

Solicita información a través del Sistema de Solicitud de Acceso a la Información de la Plataforma Nacional de Transparencia

¿Que es el SISAI?

Es el módulo de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) a través del cual, los ciudadanos podrán realizar solicitudes de información a los sujetos obligados de cada una de las entidades federativas y de la Federación, establecidas en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como en cada una de las leyes locales en la materia.


Cuando el particular presente su solicitud por medios electrónicos a través de la Plataforma Nacional, se entenderá que acepta que las notificaciones le sean efectuadas por dicho sistema, salvo que señale un medio distinto para efectos de las notificaciones.

Artículo 130° Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.

Presentar solicitud de información ante la unidad de transparencia

La solicitud de información podrá formularse:

De manera verbal, ya sea presencial en la Unidad de Transparencia o vía telefónica. Mediante escrito libre o en los formatos que para el efecto apruebe el Instituto, presentado en las oficinas del sujeto obligado o por correo electrónico oficial de la Unidad de Transparencia, por fax, por correo postal o telégrafo

Cuando la solicitud se realice verbalmente, el encargado de la Unidad de Transparencia del sujeto obligado que se trate, registrará en un acta o formato la solicitud de información, que deberá cumplir con los requisitos del artículo siguiente, y entregará una copia de la misma al interesado.

Artículo 128° Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.

Requisitos solicitud de información

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Formato Solicitud de Información

Descarga el formato para solicitar información relacionada con el Comité Directivo Estatal de Baja California Sur.